Comunicado de prensa (20 de marzo de 2023)
División de Planificación Urbana, Oficina de Urbanismo
Objetivos
En los últimos años, en un contexto de diversificación de estilos de vida y valores, como el aumento del número de matrimonios que trabajan y los cambios en los estilos de vida debidos al nuevo coronavirus, además del continuo descenso de la población, la caída de la natalidad y el envejecimiento de la población, se requiere un urbanismo flexible y rápido que pueda satisfacer las necesidades de la comunidad y las demandas de las empresas privadas. La ciudad ha estado trabajando en ello.
En vista de ello, la ciudad ha flexibilizado los requisitos para las propuestas de planificación urbana y ha promovido el uso del sistema con el fin de recibir ideas de ciudadanos, empresas y otras personas con el mejor conocimiento de las atracciones y problemas locales, y crear una ciudad segura, confortable, vibrante y atractiva a escala regional.
Descripción
Se promulgará una ordenanza para fijar el requisito de la superficie en la que se pueden hacer propuestas en 0,1 ha o más, que es el mínimo establecido en la disposición del artículo 15 de la Ordenanza de Aplicación de la Ley de Planificación Urbana, en lugar de 0,5 ha o más basado en el artículo 15 de la misma ordenanza, para permitir propuestas en unidades de distrito más pequeñas.
Fecha de entrada
en vigor
1 de abril de 2023 Ordenanza cuya entrada en vigor está prevista
*Sujeto a resolución en el Consejo de febrero en curso
.
Referencia] Propuestas de planificación urbana (estipuladas en el artículo 21-2 de la Ley de Planificación Urb
ana)
Sistema que permite realizar propuestas para todos los planes urbanos, excepto para las políticas de planificación urbana, con el consentimiento de determinados propietarios de terrenos, etc.
Requisitos de los proponentes
Propietarios de terrenos, etc., OSAL de desarrollo urbano, etc., Agencia de Renacimiento Urbano, Corporación Local de Suministro de Viviendas, etc.
Requisitos de las propuestas
La propuesta debe ajustarse a la política de desarrollo urbano de la ciudad de Kobe.
– Al menos 2/3 de los propietarios de terrenos, etc. de la zona objetivo deben estar de acuerdo con la propuesta.
– La superficie de la zona debe ser un terreno coherente de 0,5 ha o más (0,1 ha o más tras la promulgación de la ordenanza).
Página web
https://www.city.kobe.lg.jp/a
84931/shise/kekaku/jutakutoshikyoku/teian/index.html